ASFI fija niveles máximos de comisiones y tarifas por mantenimientos y transferencias

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La directora general ejecutiva del ente fiscalizador, Ivette Espinoza, indicó que esta normativa fue emitida mediante Carta Circular ASFI 805/2024 y la Resolución ASFI 099/2024 de fecha 2 de febrero de 2024.

La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) estableció este lunes los niveles máximos de comisiones, tarifas y otros cargos por prestación de servicios que cobran las entidades intermediarias.

La directora general ejecutiva de la ASFI, Ivette Espinoza, indicó que para la emisión de esta disposición se evaluaron tres tipos de categorías: la primera de servicios masivos, tarjeta de crédito, pago de salarios, retiros en ATM de otras instituciones, reposición de tarjetas de débito, asimismo se consideran transferencias al exterior, compras por internet, retiros en cajeros automáticos en el exterior y los pagos mediante POS en el exterior; la segunda que incluye tarifas gratuitas que se están fijadas por Ley, reglamentos o práctica común y la tercera que incluye las tarifas fijadas por el Banco Central de Bolivia (BCB).

La Autoridad de Supervisión explicó que de la primera categoría se fijaron tarifas para la emisión y envíos de estados de cuentas de tarjetas de crédito, sin costo alguno, si la misma es enviada de forma electrónica o si son recogidas de forma física por el cliente en el Punto de Atención Financiero, solo se cobrará el costo del envío si este estado se manda por courrier.

Con relación al mantenimiento de las tarjetas de crédito, ASFI fijó una tarifa de Bs 25 si el límite cobertura de la tarjeta llega hasta Bs 15.000, de Bs 35 si es mayor a Bs 15.000 y menor a Bs 30.000 y de Bs 50 si es mayor a Bs 30.000 y menor a Bs 60.000, mientras que el costo del mantenimiento de las tarjetas con limites mayores a Bs 60.000 será determinado por la Entidad Financiera.

Para las tarifas máximas por el pago de salarios, Espinoza dijo que si estos son cancelados mediante banca por Internet la misma no tiene costo alguno para las empresas, si el pago se realiza mediante abono automático tiene una tarifa de Bs 2.5, por el pago de 2 a 10 empleados, de Bs 5 por el pago de 11 a 100 empleados y en el caso de que la empresa cuente con más de 100 empleados, la tarifa será determinada por la Entidad Financiera.

Así también, se fijó una tarifa única de Bs 10 por el retiro de efectivo en cajeros automáticos de otra entidad financiera y de Bs 50 para la reposición de tarjetas de débito, esto dentro el territorio nacional. Para las transferencias al exterior se fijaron tarifas diferenciadas, una cuando el consumidor entrega dólares o tiene una cuenta en esa moneda, si el monto transferido es hasta USD 1.000 tendrá una tarifa gratuita y si el monto es mayor a USD 1.000 tendrá una tarifa del 3%.

En el caso de que el consumidor financiero no entregue dólares y transfiera hasta USD 1.000 la tarifa será gratuita, mientras que para montos superiores a los USD 1.000 la tarifa será determinada por la Entidad Financiera.

En cuanto a la categoría dos, Espinoza dijo que se mantienen las tarifas gratuitas por emisión de tarjeta de débito inicial, para cada cuenta que se apertura, para la renovación de tarjeta de débito por vencimiento, reposición de tarjeta de débito (causas atribuibles a la entidad), por la devolución de tarjeta retenida en ATM propio de la Entidad Financiera, por el bloqueo de tarjeta de débito, por un Token digital, por la emisión de extracto de cuenta gestión actual (primera vez o adicional) y por la emisión de extracto de cuenta de gestiones anteriores desde el 2014 (primera vez o adicional).

En la categoría tres, las tarifas fijadas por el Banco Central de Bolivia para transferencias mediante ordenes electrónicas de transferencias de fondos, están establecidas y se mantienen.

Espinoza precisó que ASFI garantiza y defiende los derechos e intereses del consumidor financiero, norma y vigila la correcta aplicación de tarifas, comisiones y demás cobros de servicios prestados por las entidades financieras, por lo que se identificó la necesidad de establecer estas tarifas máximas.

Finalmente recomendó a los consumidores financieros que consideren que sus derechos han sido vulnerados realicen el respectivo reclamo en las instancias correspondientes a efectos de que esta Autoridad evalué los casos y apliqué la respectiva sanción, si corresponde.

 

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Publicado el 05/02/2024