ASOFIN

Pago de Rentas y Pensiones

Estado Plurinaciortal de BOLIVIA
ASFI
APS


A TODAS LAS ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA INTEGRAL DE PENSIONES, SOBRE EL PAGO DE RENTAS Y PENSIONES

El Viceministerio de Pensiones y Servicios Financieros, la Autoridad de Supervision del Sistema Financiero (ASFI) y la Autoridad de Fiscalizacion y Control de Pensiones y Seguros (APS), en el marco de to establecido en la Disposicion Transitoria Primera del Decreto Supremo 4200 de 25 de marzo de 2020, sobre los pagos habilitados y autorizados en la Base de Datos de las Rentas, comunican que de manera excepcional, los asegurados, derechohabientes, rentistas, pensionados y beneficiarios que tienen derecho a un beneficio, podran ser cobrados en las Entidades Financieras autorizadas, siguiendo el procedimiento determinado en el mencionado Decreto Supremo, mismo que consta de lo siguiente:

• El adulto mayor o persona con pension de invalidez, debera autorizar a un familiar, hijos, nietos o sobrinos pars el cobro del beneficio.

• La persona designada debera presentar ante la Entidad Bancaria una nota escrita a mano o impresa, firmada o autorizada con su huella dactilar y la cedula de identidad original del beneficiario y del portador de la nota.

La nota de autorizaciOn y documentacion adjunta debera ser entregada al cajero autorizado al momento del cobro. La Entidad Financiera debera mantener copia de la documentacion (fotocopia o imagen) asi como una imagen del cobrador. Las listas de las entidades habilitadas se encuentran publicadas en la pagina web de ASFI, en la pagina web de la APS, y en las paginas web de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

A partir del dia Lunes 30 de marzo de 2020, el Banco Union atendera en todas sus Oficinas y Agencias a nivel nacional. El resto de las Entidades que integran ASOFIN, ASOBAN, y FINRURAL, comunicaran sus Puntos de Atencion Financiera (PAF).

La Paz, 27 de marzo de 2020

Publicado el Viernes, 27 de Marzo de 2020